Requisitos de Solvencia y Gestión de Riesgos para Intermediarios de Valores y Corredores de Bolsa de Productos

La iniciativa que busca fortalecer la estabilidad del mercado financiero, dotando al sistema de herramientas más precisas y modernas para enfrentar los riesgos inherentes a la intermediación financiera.
Escrito por
Histamai
Publicado en
Mayo 1, 2026
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I. Introducción

El pasado 23 de mayo de 2025 la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) inició un proceso de consulta pública que redefine los requerimientos de patrimonio mínimo, garantías, liquidez y endeudamiento que deben cumplir los intermediarios de valores y corredores de bolsa de productos en Chile. Esta iniciativa busca fortalecer la estabilidad del mercado financiero, dotando al sistema de herramientas más precisas y modernas para enfrentar los riesgos inherentes a la intermediación financiera.  El documento se trata de una propuesta normativa que ya fue puesta en consulta en julio de 2024. En esta nueva versión recoge los principales comentarios que la industria (intermediarios de valores, corredores de bolsa de productos) planteó en el proceso de consulta anterior.

II. Diagnóstico y Justificación Normativa

La propuesta surge como respuesta a diversas brechas regulatorias identificadas en el diagnóstico de la CMF. Entre ellas se destaca la necesidad de actualizar el marco normativo relativo al patrimonio mínimo, endeudamiento y liquidez; la incorporación de metodologías más robustas para el cálculo del riesgo de crédito en operaciones con derivados; y la inclusión de criterios diferenciados por tamaño de intermediario, clasificados en tres bloques según volumen de negocios. También se enfatiza la necesidad de simetría regulatoria con entidades Fintec, así como la adaptación a las reformas introducidas por las leyes N°21.521 y N°21.641.

El diagnóstico revela que las metodologías anteriores, como las contenidas en la NCG N°18 y la Circular N°632, eran insuficientes para capturar adecuadamente los riesgos reales. Las nuevas disposiciones buscan dar respuesta a esta deficiencia mediante una estructura regulatoria que considera riesgos operacionales, riesgos de mercado, riesgo de contraparte y de crédito de forma diferenciada, incorporando elementos dinámicos que responden a la evolución del mercado y del negocio de intermediación.

Además, se identificó una creciente necesidad de integrar a las entidades no bancarias que prestan servicios financieros bajo esquemas prudenciales diferenciados según el perfil de riesgo y características de cada entidad. Esta perspectiva regulatoria busca no solo proteger a los inversionistas y clientes, sino también evitar fenómenos de arbitraje regulatorio entre los distintos actores del sistema financiero. También responde a las recomendaciones formuladas por organismos multilaterales como el Fondo Monetario Internacional, que han observado la necesidad de fortalecer el mercado de REPO y otras infraestructuras críticas para la resiliencia del sistema financiero chileno[1].

III. Contenido de la Propuesta Normativa

La propuesta normativa se articula en torno a siete componentes fundamentales:

  • Umbral de volumen de negocios: Clasifica a los intermediarios en tres bloques (1, 2 y 3) según criterios objetivos como número de clientes, activos custodiados y nivel de ingresos anuales. Los que prestan servicios de custodia serán automáticamente considerados como Bloque 3. (Véase Tabla 1)
  • Requisitos de patrimonio mínimo y garantías: Se establecen requisitos de patrimonio y garantías legales para los intermediarios de acuerdo con el umbral del volumen de negocios.
  • Patrimonio ajustado: Corresponde a la base patrimonial que refleja la capacidad real de absorción de pérdidas de la entidad. Este patrimonio contable se ajusta mediante deducciones por activos que no tienen capacidad inmediata de absorción de pérdidas, tales como activos intangibles e impuestos diferidos, así como saldos deudores con relacionados y operaciones impagas de largo plazo.
  • Metodología de cómputo de los activos ponderados por riesgos financieros y operacionales: Computo de los Activos Ponderados por Riesgos (APR) financieros y operacionales basándose en los riesgos de mercado, crédito, contraparte, operacional y criptomonedas (Véase Tabla 2). Para derivados, se propone usar el equivalente de crédito y fomentar el uso de contratos marco de compensación y liquidación en Entidades de Contraparte Central (ECC).
  • Índice de liquidez: Establece un nivel mínimo que debe mantener el intermediario para cumplir con sus obligaciones financieras de forma oportuna. Se calcula sobre el patrimonio líquido.
  • Índice de endeudamiento: Establece un límite al nivel de endeudamiento de los intermediarios al exigir una razón de endeudamiento menor o igual a 20 veces. Dicho índice permite evaluar el nivel de apalancamiento de la entidad y su nivel de solvencia, y es calculado como la razón entre el pasivo exigible del intermediario y su patrimonio líquido.
  • Resultado de la evaluación de calidad de gestión de riesgos: Se utiliza para determinar ajustes adicionales en las exigencias de capital y garantías. Las entidades mal evaluadas deberán incrementar sus APR según el porcentaje definido por la CMF.

Tabla 1 – Umbrales y requerimientos de patrimonio para cada bloque.

Bloque 1 Bloque 2 Bloque 3
Umbral • Intermediarios de valores y corredores de bolsa de productos que no cumplan con el volumen de negocio de las entidades del bloque 2 y 3. N° de clientes activos: entre 500 y 5.000
Transacciones promedio diarias en los últimos 12 meses: entre UF 100.000 y UF 500.000
Ingresos en los últimos 12 meses: entre UF 25.000 y UF 50.000
N° de clientes activos: > 5.000
Transacciones promedio diarias en los últimos 12 meses: > UF 500.000
Ingresos en los últimos 12 meses: > UF 50.000
Activos custodiados promedio diarios en los últimos 12 meses: > UF 0
Patrimonio Mínimo Exento de requisitos de patrimonio mínimo. Mismos requisitos de patrimonio mínimo que las entidades del bloque 3. Deben contar permanentemente con un patrimonio igual o superior al mayor valor entre:
• UF 5.000
• 3% de activos ponderados por riesgo financiero y operacional de la entidad*.

*Puede ser aumentado a 6% de acuerdo con el resultado de la evaluación de la calidad de gestión de riesgos.
Garantías Exento del requisito de garantías. Mismo requisitos de garantías que las entidades del bloque 3. Deben constituir una garantía de UF 6.000. La cual puede ser incrementada de acuerdo con el resultado de la evaluación de la calidad de gestión de riesgos.

Esta clasificación permite observar con claridad los principales cambios respecto del marco vigente y cómo se integraron las observaciones de la industria tras la consulta pública.

Tabla 2 – Metodología de cálculo de patrimonio por tipo de riesgo

Riesgo Metodología
Riesgo Operacional Considera el monto en pesos del promedio diario de los últimos 12 meses de los siguientes componentes:

• El 0,4% del valor de mercado de los valores (Ley N° 18.045), instrumentos financieros (Título II Ley N° 21.521) y productos de terceros mantenidos en custodia (Ley N° 19.220), neto de seguros y garantías.

• La suma del 0,1% de las transacciones que no corresponden a operaciones en derivados o contratos por diferencia, y el 0,01% de los montos nocionales de operaciones en derivados o contratos por diferencia.

Riesgo de Mercado Deberá ser calculado por los intermediarios que dispongan una cartera propia en valores (Ley N° 18.045), instrumentos financieros (Título II Ley N° 21.521) y productos (Ley N° 19.220), divisas, derivados y otros instrumentos financieros. Considerando la suma de los montos requeridos por las exposiciones a los siguientes factores:

• Tasas de interés.

• Materias primas.

• Moneda extranjera.

• Acciones y cuotas de fondos.

• Opciones.

Sólo las operaciones de compra con retroventa estarán exentas del cálculo de patrimonio por Riesgo de Mercado.
Riesgo de Crédito Considera las exposiciones al riesgo de crédito de instrumentos de deuda y cuentas por cobrar, y exposiciones al riesgo de contraparte. Adicionalmente se podrán aplicar las siguientes mitigaciones:

• Exposiciones de riesgo de crédito de instrumentos de deuda y cuentas por cobrar podrán ser mitigadas por medio de garantías financieras.

• Exposiciones de riesgo de contraparte de derivados y contratos por diferencias podrán ser mitigadas por acuerdos de compensación bilateral, así como también por operaciones de compensación y liquidación en entidades de contraparte central.

Riesgo de Crédito y Mercado para criptoactivos Considera la suma de las exposiciones en criptoactivos que el intermediario mantenga en su propia cartera. El criterio de cálculo difiere según el tipo de criptoactivos:

• Criptoactivos identificados por la CMF:

• Cumplen con características de liquidez, capitalización de mercado, transaccionalidad y disponibilidad de precios.

• Pueden aplicarse criterios de compensación parcial, considerando la posición neta de cada criptoactivo.

• Se aplica un requisito de patrimonio de 100% sobre la posición neta de cada activo.

• Criptoactivos no identificados por la CMF:

• No cumplen con las características indicadas.

• No se les aplican criterios de compensación parcial.

• Se aplica un requisito de patrimonio de 100% sobre la posición bruta de cada activo.

IV. Impacto Esperado de la Propuesta

Según la Evaluación de Impacto Regulatorio, los principales efectos de la norma se dividen en costos y beneficios tanto para los intermediarios de valores y corredores de bolsa de productos como para la CMF

  • Costos y beneficios para los intermediarios: 

La propuesta normativa impone mayores exigencias prudenciales a los intermediarios de valores y corredores de bolsa de productos, derivadas de los cambios introducidos por la Ley 21.521 y por el desarrollo normativo específico que materializa su aplicación en los ámbitos de patrimonio mínimo, garantías, liquidez y activos ponderados por riesgo. Adicionalmente, incorpora una metodología más precisa para el cálculo de los activos ponderados por riesgo, lo que contribuye a una mejor identificación y mitigación de riesgos financieros y operacionales.

Asimismo, se alinean los requerimientos con estándares internacionales, como Basilea III, lo que permite una asignación de capital más eficiente y reduce las asimetrías regulatorias respecto de otras industrias, como la bancaria. Estas medidas favorecen un uso más eficiente del capital y refuerzan la gestión del riesgo de crédito y de contraparte.

  • Costos y beneficios para el regulador:

En relación con la propia CMF, la propuesta presentaría un aumento de requisitos para la supervisión, destacando una mayor dedicación al monitoreo del cumplimiento de los requisitos prudenciales de los corredores de bolsa de productos, así como el desarrollo de sistemas informáticos que permitan reportar los requisitos de patrimonio mínimo y activos ponderados por riesgo financiero y operacional.

No obstante, la propuesta fortalece la supervisión prudencial, promueve una mayor simetría regulatoria entre los distintos participantes del mercado e impulsa la mitigación de riesgos sistémicos.

Junto con lo anterior, la propuesta contempla un periodo previo a su plena entrada en vigencia, durante el cual se realizarán mediciones y ajustes sobre los impactos reales, facilitando una implementación más precisa y adecuada.

Tabla 3 – Costos y Beneficios de la propuesta normativa

Comisión para el Mercado Financiero Intermediarios de valores y Corredores de bolsa de productos
Beneficios

Implementación de una simetría regulatoria entre corredores de bolsa de productos e intermediarios de valores, en línea con el enfoque de Supervisión Basada en Riesgos.

Fortalecimiento de la supervisión prudencial a través de una regulación integrada.

Mitigación de riesgos sistémicos mediante un marco de patrimonio mínimo y requisitos de garantía.

Incorporación de umbrales de volumen de negocios para definir exigencias proporcionales.

Formalización del envío de información sobre patrimonio, endeudamiento y liquidez.

Uso de posiciones netas y bandas temporales para calcular riesgo de tasas de interés.

• Aplicación de exposición neta en moneda extranjera, reduciendo el capital requerido

Ingresos en los últimos 12 meses: > UF 50.000

• Reconocimiento de mitigadores de riesgo como contratos marco y compensación en ECC para operaciones con derivados

Costos

Aumento de los requisitos para la supervisión, incluyendo una mayor dedicación al monitoreo de cumplimiento de los requisitos prudenciales.

Desarrollo de sistemas informáticos que permitan reportar los requisitos de patrimonio mínimo y activos ponderados por riesgo financiero y operacional.

• Sustitución de un requisito fijo de patrimonio mínimo por uno basado en el umbral de volumen de negocios y en el cálculo de activos ponderados por riesgo, incrementando la complejidad técnica.

• Adopción de nuevas metodologías contenidas en la NCG N°18 y Circular N°632, que requieren mayor capacidad operativa y tecnológica para cumplir con el envío de información y monitoreo continuo.

• Los corredores de bolsa de productos también deberán alinearse con los mismos requisitos de patrimonio, garantías, liquidez y endeudamiento que los intermediarios de valores, ampliando sus exigencias actuales.

V. Conclusión

La propuesta normativa representa un avance significativo en la modernización del marco prudencial para los intermediarios de valores y corredores de bolsa de productos en Chile, promoviendo la convergencia con estándares internacionales y fortaleciendo las bases para una supervisión efectiva y proporcional al riesgo. La creación de requisitos diferenciados según tamaño, la integración de técnicas modernas de medición de riesgo y la incorporación de estándares como Basilea III y MiFID II, sitúan a esta normativa en una línea de vanguardia regulatoria.

Desde una perspectiva práctica, la implementación de esta norma exigirá una cuidadosa planificación y coordinación entre los actores involucrados. No obstante, sus beneficios de largo plazo en términos de transparencia, estabilidad y competitividad del mercado superan con creces los costos iniciales de implementación.

En Histamai aplicamos nuestra experiencia en marcos de Basilea III y supervisión prudencial para acompañar a intermediarios de valores y corredores de productos en el diseño e implementación de estrategias integrales de adecuación regulatoria. Nuestro enfoque permite optimizar los niveles de capital, fortalecer los sistemas de gestión de riesgos financieros y facilitar el cumplimiento eficiente de los nuevos estándares establecidos por la CMF en materia de patrimonio, garantías, liquidez y endeudamiento, contribuyendo así a la sostenibilidad y competitividad de cada institución.

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